1.- Autorización: etapa donde se registra el monto de capital autorizado (por la ASFI en Bolivia), la cual debera ser igual o mayor a 5000 DEGs (derecho especial de giro).
Contabilizacion: se debitara la cuenta: "Suscripciones de capital pendientes de canje" y se abonará la cuenta "Capital suscrito pendiente de canje", por el monto total en bolivianos.
2.- Suscripcion: luego de emitirse el capital, se pone a la venta las acciones segun a criterio de la empresa y autorizacion de la ASFI. Las acciones suscritas pueden venderse con una prima adicional, siempre sobre la par.
3.- Pago: por parte de los socios o accionistas que compraron las acciones, esto ira a cuantas del patrimonio, Tomando en cuenta que las acciones no deberan ser preferentes, solo ordinarias y comunes.
4.- Deposito o traslado de efectivo al Banco Central de Bolivia con el proposito de entregar mayor seriedad en sus operaciones